Cada año, la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) sanciona a un buen número de pequeñas, medianas y grandes empresas que incumplen alguno de los artículos del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos). Este 2024 no ha sido una excepción, y la agencia ha hecho públicas varias multas, algunas de las cuales vamos a repasar en este último artículo del año.
Las sanciones más cuantiosas de la AEPD a grandes empresas
Comenzamos la lista de las multas más altas de la AEPD en 2024 con dos casos que han entrado directamente en el top 10 de las más elevadas de España:
- Energya VM Gestión De Energía, S.L.: esta energética fue multada con 5 millones de euros por tratar de conseguir clientes mediante prácticas comerciales engañosas (entre otras cosas, ofrecían falsos descuentos).
- I-De Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.: los 3,3 millones de euros de multa se debieron en este caso a la filtración de los datos personales de más de un millón de clientes a raíz de una brecha de seguridad.
- Mobile World Congress: la empresa organizadora de este evento internacional, GSMA, tuvo que pagar 600.000 euros por requerir datos sanitarios a los asistentes para permitirles el acceso al recinto.
- Uniqlo: en este caso el error lo cometió un trabajador de recursos humanos que envió sin querer a otro empleado las nóminas de 445 compañeros. La consecuencia, una multa de 450.000 euros.
- Quirón prevención: una usuaria presentó una denuncia por hostigamiento en el ámbito laboral y, a la hora de remitir el informe de mediación, la empresa lo envió sin ocultar ni sus datos personales ni los de los denunciados. Por esta razón, se multó a la compañía con 50.000 euros.
Varias multas a pymes que incumplen la ley
Pero no solo las multinacionales son objetivo de control por parte de la AEPD. De hecho, cualquier pyme de cualquier sector puede llegar a recibir alguna vez una multa si no sigue a rajatabla los requerimientos legales en materia de protección de datos. Aquí tienes algunos ejemplos:
- Uso indebido de la huella dactilar en un gimnasio: como ya explicamos aquí, la AEPD no permite el uso de este sistema biométrico en este contexto para controlar la entrada y la salida de los empleados. Multa: 27.000 euros.
- Publicación del antes y el después en redes sociales: una clínica de estética publicó en sus perfiles de Facebook e Instagram imágenes de una paciente, sin su debido consentimiento, para mostrar el antes y el después de una intervención. Multa: 10.000 euros.
- Solicitud de datos personales innecesarios para crear una cuenta: una plataforma de juegos online pidió a uno de sus usuarios antes de registrarse datos como su domicilio, su profesión, su sueldo anual y la última nómina. Y la AEPD consideró que estos datos no eran en absoluto necesarios para la actividad que se iba a realizar. Multa: 6.000 euros.
- Obligación de dar consentimiento para poder entrar: un parque de juegos infantil obligaba a los padres, a cambio de dejar entrar a los niños al recinto, a que prestaran su consentimiento para tomar fotografías a los menores con fines publicitarios. Multa: 2.000 euros.
- Escaneo del DNI de los clientes de un hotel: aunque la ley exige elaborar partes de los viajeros con diversa información personal (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, sexo o número de DNI, por ejemplo), el registro de los DNI no se encuentra entre esos requerimientos legales. Multa: 2.000 euros.
Como puedes ver, estas últimas son acciones irregulares que cualquier empresa puede llevar a cabo, de forma consciente o inconscientemente. Por eso, desde APDTIC recordamos siempre la importancia de ser especialmente cautelosos cuando se maneje cualquier tipo de información de carácter personal.




