Durante la crisis provocada por la COVID-19, la telemedicina ha experimentado un auge muy importante. Con el objetivo de intentar reducir al máximo el contacto físico, se han desarrollado multitud de iniciativas en el ámbito sanitario.
Sin embargo, todas sus ventajas entran en colisión con el consiguiente riesgo en el tratamiento de los datos personales. No hay que olvidar que la telemedicina, entendida como la prestación de servicios médicos a distancia, implica la transmisión de un gran número de información sensible. Sobre todo, la relacionada con la salud y el historial médico de los pacientes.
La telemedicina y su enorme utilidad en la actualidad
La telemedicina no ha nacido con la pandemia. Antes, ya eran muchas las ocasiones en las que se recurría a la tecnología para ofrecer atención médica a distancia, para realizar seguimientos o incluso para la gestión de la salud pública. Entre otros, se recurre a:
- Videconferencias o videollamadas.
- Correos electrónicos.
- Llamadas telefónicas.
- Aplicaciones móviles.
- Tecnologías para el almacenamiento y envío de datos clínicos.
Todas estas herramientas facilitan una respuesta adecuada en situaciones de emergencia, como la que hemos vivido y continuamos viviendo a día de hoy. Pero, además, los procesos propios la telemedicina hacen posible que se pueda acceder de forma más fácil, rápida y ágil a los resultados médicos. Incentivando, así, los diagnósticos precoces.
Según varios estudios, durante la pandemia la telemedicina ha aumentado hasta un 150 %. Y las especialidades que más tienden a derivar las consultas médicas al ámbito digital son ginecología, dermatología, cardiología y oftalmología. Ante esta tendencia, es importante recordar cuál es el marco legal relativo a la protección de datos personales en el ámbito de la telemedicina.
Los límites de la telemedicina
Lo primero que tenemos que aclarar es que en España no existe todavía regulación específica sobre la telemedicina y la protección de datos personales. Sin embargo, por la naturaleza de los servicios prestados y las herramientas que se utilizan, se atiende a las siguientes normas:
- Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI).
- Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
- Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Habrá que tener muy presentes, también, los códigos y normas deontológicas de cada profesión sanitaria.
¿En qué se traduce todo esto? Básicamente, en que cualquier profesional sanitario debe garantizar la seguridad de los datos que se almacenan y transfieren. De esta forma, se evitará:
- Utilizar plataformas fiables y acreditadas.
- Almacenar información de los pacientes en su teléfono móvil particular.
- Recurrir para los envíos a servicios de mensajería instantánea, que no son suficientemente seguros.
Hay que llamar la atención sobre el creciente número de apps sanitarias que aprovechan la actual coyuntura para salir al mercado. Lamentablemente, la mayoría de ellas no cumple con muchos de los principios que recoge el RGPD. En concreto, la lealtad, la licitud, la transparencia o la confidencialidad de la información. Así como el límite máximo de tiempo que los datos pueden ser conservados.
Medidas clave para proteger los datos personales
Son muchos los requerimientos legales que hay que seguir a la hora de prestar servicios médicos a distancia. A continuación, destacamos los más importantes:
- Al paciente siempre se le tendrá que facilitar el aviso legal, los términos y condiciones de la herramienta y toda la información relacionada con el tratamiento de sus datos personales. Es decir, quién los maneja, para qué se recaban y durante cuánto tiempo se almacenan, por ejemplo.
- El profesional tendrá que proporcionar su número de colegiado y el colegio al que pertenece.
- Se deberá obtener el consentimiento explícito del usuario.
- En caso de videollamadas o videoconferencias, estas pueden ser grabadas. Y de ello se tendrá que informar al paciente.
- La aplicación tendrá que garantizar la integridad, la confidencialidad y la disponibilidad de los datos. Asimismo, deberá facilitar su restauración en caso de pérdida y su cifrado.
No hay duda de que la telemedicina ha sido capaz de otorgar soluciones de alto valor en plena pandemia. No obstante, debemos asegurarnos en todo momento de que se están usando medios confiables y efectivos. Los profesionales de la salud tienen que actuar con mucho cuidado en el manejo de los datos personales de sus pacientes.
Falta por comprobar si, con el paso de los años, la telemedicina va a formar parte del proceso de digitalización del sector o si, en cambio, volveremos al estado anterior previo a la pandemia. Desde luego, en APDTIC estaremos muy pendientes de la evolución de esta nueva forma de prestar asistencia sanitaria.