La Ley de Inteligencia Artificial o Reglamento UE de Inteligencia Artificial -RIA- (Reglamento UE 2024/1689 por el que se establecen normas armonizadas sobre inteligencia artificial) está dando mucho que hablar, y desde APDTIC nos hemos propuesto compartir contigo cualquier novedad o aspecto clave que pueda ser de utilidad. En este caso, nos vamos a centrar en las sanciones que prevé esta nueva ley para aquellos que no respeten sus requerimientos. ¿Nos acompañas?
¿Qué multas prevé la nueva Ley de Inteligencia Artificial?
Es en el artículo 99 del Reglamento de Inteligencia Artificial donde se recogen las cuantías de las sanciones, en función de la infracción que se cometa:
- Utilizar o desarrollar sistemas de IA que estén prohibidos según el propio reglamento (artículo 5): multas de hasta 35 millones de euros o equivalentes al 7% del volumen de negocio, si este último importe es mayor.
- Incumplir cualquier obligación en el caso de prestadores de servicios, representantes autorizados, distribuidores, importadores, responsables del despliegue, organismos notificados, etc.: multas de hasta 15 millones de euros o, si es superior, del 3% del volumen del negocio.
- Suministrar información incompleta, engañosa o incorrecta a organismos públicos o autoridades competentes: multas de hasta 7,5 millones de euros o del 1% del volumen de negocio.
Como ves, se trata de cifras nada desdeñables, aunque tenemos que recordar que estos son los topes que establece el reglamento y que, dentro de estos límites, será cada país el que deberá diseñar su propio régimen sancionador. Entre otras cosas, tendrán decidir también qué otras medidas no dinerarias se van a aplicar y si estas y las sanciones serán aplicables también a la Administración.
Por supuesto, a estas sanciones se les podrá sumar lo establecido en el Código Penal si las infracciones se dirigen a cometer delitos penales.
Factores determinantes a la hora de determinar la cuantía de las multas
El reglamento prevé algunas circunstancias que van a ser determinantes a la hora de graduar las sanciones:
- La naturaleza de la infracción, así como su gravedad y su duración.
- La cantidad de personas que se ven afectadas y el perjuicio concreto que les ha causado.
- La finalidad que tenía el sistema de IA.
- El tamaño de la empresa, su volumen de negocio y su cuota de mercado.
- Existencia previa de otras multas por la misma u otra infracción relacionada con el reglamento de IA.
- El nivel de cooperación con las autoridades para mitigar los daños.
- Las medidas correctivas que se hayan adoptado para corregir el daño.
- Cualquier factor que pueda considerarse tanto agravante como atenuante (por ejemplo, si se cometió una negligencia de forma intencionada o si ha sido la propia empresa la que ha puesto en conocimiento de las autoridades la infracción).
Si tu empresa utiliza, distribuye o crea sistemas de inteligencia artificial, te aconsejamos estar muy atento a esta información para evitar sanciones de considerable valor. Aunque el apartado de Sanciones no entrará en vigor hasta el 2 de agosto de este año 2025, a partir de entonces cualquier negocio será susceptible de ser multado en caso de cometer una de las infracciones que hemos comentado.




